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Indemnización por fractura pélvica
Fractura que afecta a cualquiera de las ramas que constituyen el anillo pélvico, ilión, isquión y pubis.
Se da en accidentes de circulación múltiples, donde quedan implicados varios vehículos y uno de ellos recibe golpe y contragolpe, estando el conductor o el copiloto en posición comprometida debido al efecto del primer golpe.
Para efectos prácticos vamos a dividir estas fracturas en leves y habituales, y graves y excepcionales.
En cuanto a la cuantía de la indemnización correspondiente a esta lesión, dependerá del tiempo que tarde en curar la misma o hasta que finalicen los tratamientos médicos tendentes a la curación de la lesión. Cada persona tiene sus circunstancias pues no hay enfermedades sino enfermos y cada cual evolucionará de una manera determinada.
La Ley fija en estos casos una cuantía diaria por día de impedimento (datos extraídos de la Tabla V del baremo 2011)
Durante la estancia hospitalaria, 67,98 €/día
En cuanto a los días de baja, diferenciamos entre días de baja impeditivos (aquél en que la víctima está incapacitada para desarrollar su ocupación o actividad habitual) y no impeditivos:
- Por cada día de baja impeditivo, 55,27 €/día
- No impeditivo, 29,75 €/día
Para calcular la indemnización por la secuela o secuelas resultantes derivadas de esta lesión, puede consultar la tabla de lesiones permanentes que tenemos en nuestra página. Consulte el apartado que le corresponde con su puntuación y dependiendo de su edad se le asigna un valor económico al punto. Las indemnizaciones aumentarán en porcentajes dependiendo de sus ingresos.

