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Indemnización por fractura del fémur
El fémur es el hueso largo que forma el esqueleto del muslo, desde la cavidad glenoidea del coxal, en la cadera, hasta la rodilla. La mayor parte de fracturas de fémur suelen ser por accidentes fortuitos (caídas de ancianos de sus propios pies), accidentes de circulación y laborales.
La fractura de la diáfisis femoral es la más frecuente de las fracturas femorales en accidentes de circulación. Suele darse en gente joven, de vida activa.
Tiempo medio de curación: 160 días
Tiempo medio de hospitalización: 20 días
Tiempo medio de incapacidad: 160 días (la rehabilitación suele ser larga)
Tiempo de incapacidad para el deporte: 250 días
Previsión de secuelas:
- Anatómicas: Acortamientos. Consolidación patológica. Callos viciosos. Osteomielitis (frecuente en fracturas abiertas). Material de osteosíntesis.
- Funcionales: cojeras como consecuencia de acortamiento o viciamientos posturales-dinámicos, limitación de movimientos, dolor, intolerancia de material de osteosíntesis.
- Estéticas: secundarias a las funcionales y anatómicas.
- Psíquicas: impropias, salvo en ancianos que frecuentemente origina depresiones.
- Morales: dolor físico, curación prolongada, hospitalización y riesgo de intervención quirúrgica, limitación de relaciones sociofamiliares, imposibilidad para deportes. Transitoriamente se puede ver afectada la relación conyugal y la función educativa.
- Extracorpóreas: secundarias a las anteriores.
En cuanto a la cuantía de la indemnización correspondiente a esta lesión, dependerá del tiempo que tarde en curar la misma o hasta que finalicen los tratamientos médicos tendentes a la curación de la lesión. Cada persona tiene sus circunstancias pues no hay enfermedades sino enfermos y cada cual evolucionará de una manera determinada.
La Ley fija en estos casos una cuantía diaria por día de impedimento (datos extraídos de la Tabla V del baremo 2011)
Durante la estancia hospitalaria, 67,98 €/día
En cuanto a los días de baja, diferenciamos entre días de baja impeditivos (aquél en que la víctima está incapacitada para desarrollar su ocupación o actividad habitual) y no impeditivos:
- Por cada día de baja impeditivo, 55,27 €/día
- No impeditivo, 29,75 €/día
Para calcular la indemnización por la secuela o secuelas resultantes derivadas de esta lesión, puede consultar la tabla de lesiones permanentes que tenemos en nuestra página. Consulte el apartado que le corresponde con su puntuación y dependiendo de su edad se le asigna un valor económico al punto. Las indemnizaciones aumentarán en porcentajes dependiendo de sus ingresos.

