Centro del accidentado

Indemnización por esguince de tobillo

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Es el más frecuente de todos los esguinces. El más controvertido en cuanto al criterio de tratamiento. Tal vez sea ésta la causa de la variabilidad tan amplia en los tiempos de curación. Hay traumatólogos que tratan los esguinces con inmovilización, otros con rehabilitación precoz, los menos con cirugía y un grupo minoritario que ni siquiera aconsejan algún tipo de tratamiento. Hay que tener presente que un 15 por 100, aproximadamente, de los esguinces de tobillo son graves y que aproximadamente un 20 por 100 presenta complicaciones tardías.

En cuanto a la cuantía de la indemnización correspondiente a esta lesión, dependerá del tiempo que tarde en curar la misma o hasta que finalicen los tratamientos médicos tendentes a la curación de la lesión. Cada persona tiene sus circunstancias pues no hay enfermedades sino enfermos y cada cual evolucionará de una manera determinada.

La Ley fija en estos casos una cuantía diaria por día de impedimento (datos extraídos de la Tabla V del baremo 2009)

Durante la estancia hospitalaria, 65,48 €/día

En cuanto a los días de baja, diferenciamos entre días de baja impeditivos (aquél en que la víctima está incapacitada para desarrollar su ocupación o actividad habitual) y no impeditivos:

  • Por cada día de baja impeditivo, 53,20 €/día
  • No impeditivo, 28,65 €/día

Para calcular la indemnización por la secuela o secuelas resultantes derivadas de esta lesión, puede consultar la tabla de lesiones permanentes que tenemos en nuestra página. Consulte el apartado que le corresponde con su puntuación y dependiendo de su edad se le asigna un valor económico al punto. Las indemnizaciones aumentarán en porcentajes dependiendo de sus ingresos.

Para poder realizar un cálculo exacto de la correcta indemnización que le corresponde por el daño sufrido, contacte con nosotros para facilitarnos los datos precisos. Puede hacerlo a través de nuestro teléfono 91 441 38 66 o bien rellene el formulario de contacto y le atenderemos, sin compromiso y encantados, a la mayor brevedad.

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No olvidéis que el seguro de vuestro vehículo cubre los gastos del abogado particular de vuestra elección que defienda vuestros derechos. Aprovechen esta cobertura que tienen contratada