Indemnización por amputación del brazo
Pérdida anatómica del brazo por encima del codo, generalmente próxima a la articulación del hombro.
Pérdida traumática o quirúrgica de la parte inferior del brazo, de codo hacia abajo.
Tiempo medio de curación: 120 días
Tiempo medio de hospitalización: 20 días
Tiempo medio de incapacidad laboral: 120 días
Previsión de secuelas: Evidentes. Graves
- Anatómicas: pérdida de antebrazo.
- Funcionales: pérdida total de la función de antebrazo( valorar si es brazo predominante o no)
- Psíquicas: impropias.
- Estéticas: importantes. Afectan a la simetría corporal y producen deformación cicatricial en el muñón.
Morales:
- Dolor físico importante: tiempo de dolor igual al de curación, como mínimo.
- Reposo obligado: dos días (postoperatorio inmediato)
- Internamiento siempre necesario
- Impedimento para ocio: con carácter temporal hasta la sanidad todos los que impliquen la concurrencia del miembro perdido. Con carácter permanente impedimento para prácticas deportivas, conducción de automóvil, tocar ciertos instrumentos musicales, cocina...
- Extracorpóreas: debe suponerse sufrimiento moral para la familia. No tiene por qué haber interrupción para la vida conyugal y funciones educativas, salvo las mínimas limitaciones que imponga el tiempo de hospitalización.
- Invalidez: permanente para ciertas profesiones.
En cuanto a la cuantía de la indemnización correspondiente a esta lesión, dependerá del tiempo que tarde en curar la misma o hasta que finalicen los tratamientos médicos tendentes a la curación de la lesión. Cada persona tiene sus circunstancias pues no hay enfermedades sino enfermos y cada cual evolucionará de una manera determinada.
La Ley fija en estos casos una cuantía diaria por día de impedimento (datos extraídos de la Tabla V del baremo 2009)
Durante la estancia hospitalaria, 65,48 €/día
En cuanto a los días de baja, diferenciamos entre días de baja impeditivos (aquél en que la víctima está incapacitada para desarrollar su ocupación o actividad habitual) y no impeditivos:
- Por cada día de baja impeditivo, 53,20 €/día
- No impeditivo, 28,65 €/día
Para calcular la indemnización por la secuela o secuelas resultantes derivadas de esta lesión, puede consultar la tabla de lesiones permanentes que tenemos en nuestra página. Consulte el apartado que le corresponde con su puntuación y dependiendo de su edad se le asigna un valor económico al punto. Las indemnizaciones aumentarán en porcentajes dependiendo de sus ingresos.
En todo caso, recuerde que siempre nos tiene a su disposición en el teléfono 91 441 38 66 , para valorar sus circunstancias en concreto y poder orientarle de manera más precisa.
Para poder realizar un cálculo exacto de la correcta indemnización que le corresponde por el daño sufrido, contacte con nosotros para facilitarnos los datos precisos. Puede hacerlo a través de nuestro teléfono 91 441 38 66 o bien rellene el formulario de contacto y le atenderemos, sin compromiso y encantados, a la mayor brevedad.
El Centro del Accidentado mantiene convenios con Clínicas de Rehabilitación donde nuestros asociados y clientes no tienen que abonar ningún tipo de gasto para la curación de sus lesiones